jueves, 14 de agosto de 2008

¿Pena de muerte en México?

BREVES REFLEXIONES SOBRE LA PENA DE MUERTE


“Es mayor ejemplo el de un vivo miserablemente criminal, que el de un criminal muerto”.
Ovidio Caso

En días recientes y con motivo del secuestro y asesinato del joven Fernando Martí y su escolta ha surgido un entendido clamor social respecto de la inseguridad que se vive en nuestro país y el ambiente de impunidad del crimen que se percibe, lo que ha sido aprovechado por algunos políticos que, por ignorancia del Derecho o por lucrar políticamente con la desgracia ajena han planteado públicamente la reimplantación en nuestro país de la pena de muerte.

Lo anterior motiva al suscrito ha formular algunas reflexiones que me permito compartir a continuación.

La pena de muerte es tan antigua como la humanidad, pues desde el Código de Hammurabi (2250 A.C.) esto es, hace más de cuatro mil años, ya se encontraba presente en las leyes que rigen a los hombres, y se aplicaba a delitos hoy considerados no graves como por ejemplo el robo y el perjurio.

Pero para considerar la compleja problemática en torno a la pena de muerte, tenemos que ir un poco a sus antecedentes inmediatos que son, cuando menos dos, claramente identificables, el uno LA IRA que se produce en quien es víctima o sujeto pasivo de un delito y el otro el DESEO DE VENGANZA, como un pretendido satisfactor inmediato de dicha afrenta que se ha sufrido. Entonces podemos apreciar que en la PENA DE MUERTE nada hay de razón, sino solamente fuertes emociones que hacen surgir el lado más oscuro y recóndito de nuestra persona, el lado animal, la sed de venganza, el ojo por ojo y diente por diente.

El tema es recurrente y lo será siempre, porque es difícil que desaparezca esta oprobiosa práctica de las sociedades modernas, aún de aquellas que se consideran como las más civilizadas.

La pena para que surta sus efectos debe ser: ejemplar, intimidatoria, correctiva y justa. ¿Podemos decir que es un ejemplo a seguir el matar a una persona? ¿No es acaso la muerte el acto de mayor destrucción posible? Sin duda que la posibilidad de morir por haber cometido una falta grave intimidará a cualquier persona ecuánime y coherente ¿Pero acaso surtirá el mismo efecto en una mente criminal? ¿O es que acaso en los lugares donde se aplica no solamente está demostrado que los índices delictivos por los actos merecedores de esta pena capital nunca han decaído y en algunos casos se han incrementado? ¿Cómo podría corregirse alguien que es ejecutado y que por consecuencia se extinguirá físicamente? ¿Es justo para el reo morir, para el verdugo ejecutar, para los testigos o para la familia del ejecutado presenciar un acto de barbarie, disfrazado de legalidad?

Por eso, coincidimos plenamente con el ilustre Ignacio Luis Vallarta cuando dijo: “La pena de muerte es impía para el condenado que la sufre, inmoral para el pueblo que la presencia, peligrosa para el legislador que la decreta y repugnante para el juez que la aplica”.

Debemos recordar que la PENA DE MUERTE FUE ABOLIDA DE NUESTRA CARTA MAGNA SIN EXCEPCIONES A PARTIR DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2005. En nuestro país, quienes piden su reimplantación no saben o quieren desconocer la existencia de tratados internacionales que jurídicamente lo impiden. Por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos aprobada en la Conferencia de los Estados Americanos de San José de Costa Rica "Pacto de San José " del 22 de noviembre de 1969 ratificado por México, y por tanto al haber sido aprobados por el Senado de la República, es ley suprema de la nación (artículo 133 de la Constitución Federal), en el punto número 3 del artículo 4º señala: "No se restablecerá la Pena de Muerte en los Estados que la han abolido." A mayor abundamiento cabe mencionar que nuestro pais ratifico el Protocolo Facultativo para la abolicion de la pena de muerte, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 9 de octubre de 2007. Lo anterior evidencia QUE NO ES POSIBLE REIMPLANTAR LA PENA DE MUERTE, salvo que se quiera VIOLAR FLAGRANTEMENTE LA LEY.

La pena de muerte es desde el punto de vista jurídico además, incongruente con el propio sistema de readaptación social del delincuente que es la base del sistema penal mexicano, ya que no se puede rehabilitar a aquél que deja de existir.

Además la pena de muerte se aplica en un sistema de justicia que no está exento de errores, algunos involuntarios y otros provocados, que se dan tanto en la procuración de justicia por el Ministerio Público, como en su impartición por parte del Poder Judicial. En este contexto, la posibilidad de condenar a muerte a un solo individuo inocente, es una carga insoportable para cualquier buen juez que se precie de serlo.

Hoy los políticos para ganar votos, las autoridades policiales para encubrir su propia ineptitud, y los conductores de las políticas gubernamentales que no están cumpliendo su función adecuadamente, se atreven a hablar de la reimplantación de la pena de muerte, para desviar la atención de problemas sociales tan graves como el combate eficaz de la inseguridad, la desigualdad social, la pobreza y tantos males que padecen millones de mexicanos, aunque nuestros máximos gobernantes nos digan, como si vivieran en otro país, que todo está bien.

El problema de la pena de muerte es un problema del respeto a los derechos humanos, y dentro de éste el básico o fundamental que es el derecho a la vida. La base de un sistema democrático es el irrestricto respeto a los derechos humanos. El derecho debe estar siempre al servicio del hombre y el poder público se ejerce en bien de la sociedad y no de un individuo o intereses de grupos determinados.

Hoy día, a pesar de los grandes avances científicos y tecnológicos, la reimplantación de la pena de muerte significaría además, la claudicación de la razón y del conocimiento y la demostración de que el ser humano es incapaz de vencer la maldad que puede surgir de su propia especie, traduciéndose en un inadmisible retroceso de siglos.

Ojalá que nuestros sueños, de que en México y particularmente en Yucatán prevalezca el Estado de Derecho y el imperio de la ley por encima de pretensiones personales, protagónicas, populistas pero absurdas y carentes de sustento jurídico, se hagan realidad.

Mérida, Yucatán, agosto de 2008.

Abogado Jorge Carlos Estrada Avilés.